¿Modificaciones al IFE respetan legalidad y certeza?
Cuando se hacen modificaciones a leyes y reglamentos lo que se busca es dar mayor certeza y legalidad a situaciones determinadas o resolver cuestiones que se consideran inconclusas; sin embargo, no siempre esos cambios resultan ser adecuados o tan eficientes como se pensaban.
Un claro ejemplo de esta reflexión es lo que sucede en el Instituto Federal Electoral (IFE), donde actualmente hay un proyecto de acuerdo para reformar el Reglamento de Sesiones Consejos Locales y Distritales, así como la segunda presentación del proyecto de Estrategia de Capacitación, en la que se propone que los supervisores y capacitadores electorales tengan la posibilidad de realizar el recuento de votos. Nada más lejos de una mejora reglamentaria y violatorio de la ley.
En la Representación del PRD ante el IFE consideramos que el proyecto de Reglamento de Sesiones Consejos Locales y Distritales remitido a la Secretaría Ejecutiva, el pasado 14 de junio, no hace distinción respecto al papel que desempeñarán los supervisores y capacitadores electorales frente al personal del Servicio Profesional Electoral respecto al recuento de votos, pues esta responsabilidad en la sesión y cómputo distrital es exclusiva de los segundos.
La experiencia que tenemos en el PRD y la manifestada por los Consejeros Electorales y el Director de Organización -tanto en la Comisión de Organización como en las mesas de trabajo llevadas a cabo sobre el tema-, es en el sentido de que no es lo más idóneo que sean los supervisores y capacitadores electorales los que efectúen el recuento de votos.
El proyecto de Estrategia de Capacitación -presentado el 16 de junio en la Comisión de Capacitación-, propone que serán los supervisores y capacitadores electorales los que realizarán el recuento de votos.
Desde nuestro punto de vista con la incorporación de los supervisores y capacitadores electorales a la sesión de recuento de votos se vulnera lo dispuesto en el Artículo 294, párrafo 3, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), que establece que serán los miembros del Servicio Profesional Electoral los encargados de realizar esa trascendental tarea.
Esto es, el recuento de votos sólo puede ser realizado por miembros del Servicio Profesional Electoral, por lo que la propuesta de modificación a la Estrategia de Capacitación y los manuales e instrumentos que la integran, así como del Reglamento de Sesiones Consejos Locales y Distritales afecta los principios de legalidad, certeza y objetividad; así como la actividad profesional del IFE y es contraria a lo establecido por el Cofipe.
Al respecto, cabe apuntar que ni en los criterios de jurisprudencia del Tribunal Electoral ni en las sentencias relacionadas, el recuento de voto se observa criterio alguno en el que se disponga que personas distintas a los miembros del Servicio Profesional Electoral puedan realizarlo.
Por lo que en el caso que nos ocupa, el proyecto de acuerdo que se pretende aprobar carece de todos los elementos necesarios para ser considerado como un instrumento que contenga las reglas necesarias para regular el recuento de votos, que en todo caso deberá de contener lo siguiente:
· La creación y reglas de funcionamiento de los grupos de trabajo.
· Las disposiciones para hace más eficiente la labor de nuevo escrutinio y cómputo.
· Detallar con mayor precisión el recuento de votos en la totalidad de las casillas del distrito.
· Y, de igual forma, detallar el procedimiento para recuento de votos en la totalidad de casillas del distrito.
Manifestamos nuestra preocupación al respecto y en consecuencia nos parece que lo más adecuado es que sean los miembros del Servicio Profesional Electoral los que realicen la trascendental tarea de efectuar el recuento de votos, al mismo tiempo se regulen en el reglamento, instrumento idóneo para ese efecto, los puntos arriba señalados.
*Representante del PRD ante el IFE.