Desde la academia y la impartición de justicia se debe velar por el interés superior del menor

Zacatecas, Zac.- Con la conferencia “El divorcio sin expresión de causa y las consecuencias jurídicas con los hijos menores”, la magistrada Silveria Serrano Gallegos analizó la polémica derivada de la publicación en el Semanario Judicial de la Federación de la tesis que determinaba jurisprudencialmente “que el régimen de disolución del matrimonio que exige la acreditación de causales, vulnera el derecho al libre desarrollo de la personalidad”.

La magistrada presidenta de la Segunda Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Zacatecas (TSJEZ) señaló ante alumnos y académicos de la Unidad Académica de Derecho de la Universidad Autónoma de Zacatecas (UAZ) que el término “Divorcio sin Expresión de Causa, o Incausado”, corresponde a la misma naturaleza jurídica del matrimonio; que es un contrato celebrado bajo la voluntad de quienes serán cónyuges, y esa misma voluntad determinará el deseo de seguir unidos en  matrimonio o terminar con el contrato, sin necesidad de que se demuestren las causales de divorcio, ya sean por violencia, adulterio o mutuo consentimiento, por mencionar algunas, propiciando que desaparezca la figura del cónyuge culpable.

Sin embargo, lo anterior, debe ser motivo para prestar especial interés cuando de por medio existen hijos menores de edad o enfrentando alguna enfermedad, señaló la Magistrada y Académica, destacando que la materia que tiene que ver con los menores es de orden público y todo el cúmulo de Tratados Internacionales está dedicado a atender el principio de interés del menor, que vela por su seguridad e integridad.

“Si en algo no debemos escatimar jamás es en los alimentos de los hijos”, señaló con firmeza Silveria Serrano y destacó su empeño por transmitir esta reflexión tanto a sus estudiantes, como a aplicarla en el ejercicio del derecho familiar, pues los menores tienen derecho a vivir en un ambiente adecuado y continuar con sus estudios, aunque sus padres hayan elegido vivir por separado.

Por lo anterior, subrayó que los jueces deben velar en todo momento por la mejora de vida del menor, analizando cuál de los padres es el más apto para tener la custodia de los hijos y garantizar el cumplimiento de la “Suficiencia” que corresponde a la proporcionalidad del monto destinado a alimentos, así como la “Regularidad”, es decir la constancia del convenio; de igual manera, señaló que el juez tiene la obligación de escuchar a los menores, y cuestionar sobre los elementos que componen su entorno en una audiencia formal, apoyado de tutores y psicólogos.

En este sentido, destacó la voluntad del TSJEZ para la creación de los Centros de Convivencia Familiar Supervisada, que auxilian al juez con personal capacitado y especializado, para vigilar que la convivencia entre el padre que no goza de la patria potestad del menor se propicie en los términos que el juez autoriza, de igual manera supervisan la convivencia se desarrolla en las instalaciones de estos espacios que se encuentran ubicados en la capital y los distritos judiciales de Jerez y Fresnillo, con personal altamente capacitado en Derecho, Psicología y Medicina Humana.

Finalmente, la magistrada agradeció el interés de los presentes e invitó a los estudiantes a ejercer el derecho, siempre en beneficio del menor y con equidad de género.

Esta conferencia forma parte del Convenio Marco entre la Unidad Académica de Derecho y El Tribunal Superior de Justicia para que semanalmente un funcionario del Poder Judicial acuda a entablar diálogo con estudiantes y compartir sus conocimientos.

Al respecto el Magistrado Armando Ávalos Arellano, Presidente del TSJEZ agradeció al Director Juan Carlos Guerrero Fuentes por su disposición y voluntad para trabajar en conjunto en temas de capacitación.

LNY/Redacción

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