PRD debe estudiar quejas contra militantes que apoyaron candidatos de otro partido

Guadalupe, Zac.- El Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (Trijez), en sesión pública, y por mayoría de votos, determinó revocar un par de resoluciones impugnadas y ordenar a la Comisión Nacional Jurisdiccional del PRD entrar al estudio de fondo de las quejas contra algunos militantes del PRD, por apoyar al candidato a gobernador de otro partido político durante el proceso electoral 2015-2016, con el objetivo de brindar a la actora una tutela judicial efectiva respecto a sus peticiones.

En la sesión resolvió los dos Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano (JDC), promovidos por Eugenia Hernández Reyes, en su calidad de militante del PRD, en contra de dos resoluciones emitidas por la Comisión Nacional Jurisdiccional de ese partido, en las cuales declaró extemporáneas sus quejas.

La actora señaló que la autoridad responsable no fue exhaustiva al determinar la extemporaneidad de sus escritos pues omitió considerar todos los planteamientos expresados en sus quejas.

Al respecto, el proyecto de la magistrada Hilda Lorena Anaya Álvarez proponía, por un lado, revocar solo una de las dos resoluciones impugnadas, al considerar que solo en ese asunto la Comisión no había tomado la fecha correcta para realizar el cómputo del término que tenía la actora para presentar la queja contra persona y, por otro lado, confirmar el desechamiento de la segunda queja por encontrarse presentada fuera del tiempo.

Sin embargo, cuatro de los cinco magistrados manifestaron no estar de acuerdo con el sentido del proyecto en cuanto a confirmar el desechamiento de una de las quejas y señalaron la necesidad de revocar las dos resoluciones impugnadas.

En ese sentido, la magistrada Norma Angélica Contreras Magadan, los magistrados Esaúl Castro Hernández, José Antonio Rincón González y el magistrado presidente, Juan de Jesús Alvarado Sánchez, resaltaron, como lo señaló la actora, que la Comisión no tomó en cuenta todo lo expresado en las quejas para determinar su extemporaneidad, debido a que se sustentó única y exclusivamente en la literalidad de los escritos, sin atender en ningún caso a los planteamientos realizados por la quejosa en los que adujo que las actuaciones de los presuntos responsables se realizaron durante el desarrollo del proceso electoral 2015-2016 en Zacatecas.

Finalmente, al ser rechazado el proyecto; se determinó que el magistrado presidente, Juan de Jesús Alvarado Sánchez, elaborará el engrose correspondiente.

LNY/Redacción

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