Movimiento Ciudadano no logra «bajar» a Ingrid Medina de candidatura

Guadalupe, Zac.- Luego que Ingrid Medina Díaz no renunció en ningún momento a la candidatura a la Presidencia Municipal en Guadalupe, los magistrados del Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (TJEEZ) determinaron confirmar dicha candidatura luego que Movimiento Ciudadano no fundamentó la solicitud para sustituirla.

En sesión pública, el TJEEZ resolvió el Recurso de Revisión promovido por Movimiento Ciudadano en contra del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ), por medio del cual impugnó el acuerdo ACG-IEEZ-062/VI/2016, en el que se declaró la improcedencia de la solicitud de sustitución de la candidatura.

Cabe recordar que Ingrid Medina manifestó públicamente su apoyo al candidato del PRI-PVEM-Panal, por lo cual la dirigencia estatal le solicitó su renuncia a la candidatura, cosa que no sucedió. Ella también es candidata a regidora plurinominal.

Por otro lado, se resolvieron también dos Procedimientos Especiales Sancionadores, el primero promovido por Morena en contra de Gobierno del Estado y la Dirección General del Sistema Estatal para el Desarrollo de la Familia, por la difusión de propaganda gubernamental consistente en la divulgación de un evento conmemorativo del Día de las Madres en la etapa de campañas del actual proceso electoral.

En este sentido, el TJEEZ determinó declarar la inexistencia de la infracción puesto que la información difundida fue únicamente con el propósito de dar a conocer un evento conmemorativo del Día de las Madres; por lo tanto, la finalidad no fue influir en la etapa de campañas, ya que no se incluyeron nombres, voces, o símbolos que implicaran promoción personalizada de algún candidato o servidor público, ni frases ni imágenes que pudieran tener repercusión en el proceso electoral.

El segundo Procedimiento Especial Sancionador fue promovido por el PRI en contra de David Monreal Ávila y Morena, por la supuesta colocación de propaganda fuera de la demarcación territorial del estado de Zacatecas.

Al respecto, el Pleno determinó declarar existente la infracción a la normatividad electoral, consistente en la realización de actos fuera del territorio del estado atribuida a los denunciados, en virtud de haber quedado debidamente comprobada la existencia de propaganda fuera de la demarcación territorial; por lo anterior, se determinó imponer una amonestación pública a los denunciados.

LNY/Redacción

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